SCJN determinó que obras hechas con IA no generan derechos de autor

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que las obras creadas por inteligencia artificial no pueden registrarse como derechos de autor en México, informó el Instituto Nacional del Derecho de Autor.

Dijo que la decisión se dio a partir de un amparo directo promovido por un particular que buscaba inscribir una obra digital generada mediante la plataforma de IA denominada Leonardo.

El caso se originó en 2024, cuando un particular solicitó al Instituto Nacional del Derecho de Autor el registro de la obra digital “Avatar Virtual”.

La inscripción fue negada porque la Ley Federal del Derecho de Autor exige que las obras sean de creación humana y que reflejen la originalidad como expresión de la individualidad y personalidad del autor.

El solicitante impugnó la decisión ante la Sala Especializada en Propiedad Intelectual del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, argumentando que “la creatividad no debe limitarse a lo humano”.

Además, que excluir la obra de inteligencia artificial violaba derechos humanos, el principio de igualdad y la evolución tecnológica, además de contravenir tratados internacionales como el T-MEC y el Convenio de Berna.

La Sala aún así confirmó la negativa y, posteriormente, el particular promovió un juicio de amparo, alegando que la resolución violaba sus derechos a la igualdad, seguridad jurídica y no discriminación.

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